- La permanencia en una escala se ha reducido.
- a) Primera Escala Magisterial: Dos (2) años.
- b) Segunda Escala Magisterial: Dos (2) años.
- c) Tercera Escala Magisterial: Tres (3) años.
- d) Cuarta Escala Magisterial: Tres (3) años.
- e) Quinta Escala Magisterial: Tres (3) años.
- f) Sexta Escala Magisterial: Tres (3) años.
- g) Sétima Escala Magisterial: Cuatro (4) años.
- h) Octava Escala Magisterial: Hasta el momento del retiro de la carrera.
- Los docentes podrán acceder a cargos directivos desde la tercera escala Magisterial.
- Los directivos asumirán en cargo por un periodo de 4 años, los actuales directivos que asumieron previo concurso se ha extendido en un año más.
- Se ha incorporado la figura de ABANDONO DE CARGO en el Art. 48 literal e) Abandonar el cargo, inasistiendo injustificadamente al centro de trabajo por más de tres (3) días consecutivos o cinco (5) días discontinuos en un período de dos (2) meses.
Ley 30541 modifican Ley de reforma magisterial Nº 29944
Conforme a esta Ley, se modifican los artículos 11, 20, 21, 23, 25, 28, 29, 33, 35, 38, 39, 41, 42, 48, 57, 60, 65 y
la Tercera Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley 29944;